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Resolución 000227 de 2025
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Formulario

410

17 Formulario_410_2025 · 2 páginas · 38.737 caracteres

1. Año 3. Período

Espacio reservado para la DIAN 4. Número de formulario

Datos del declarante le 5. Número de Identificación Tributaria (NIT)

Semana

24. Desde: Año

Retiros o traslados de cuentas corrientes Mes Día

Hechos generadores del gravamen

Retiros o traslados de cuentas de ahorro 6. DV 11. Razón social

25. Hasta:

Traslados o cesión a título de recursos o derechos de fondos de inversión colectiva

Disposición de recursos a través de contratos o convenios de recaudo o similares Año

28

29

30

31 Mes Día

Gravado iab 26. Tipo declaración 27 . Nº declaración anterior

Bases de liquidación del gravamen

41

42

43

44 Exento

54

55 56

57 12. Código Dirección Seccional

Impuesto

Débitos a cuentas contables diferentes a las corrientes, ahorros o de depósito 32 45 58

dil Abonos a cuentas por cancelación de depósitos a término 33 46 59

Cheques de gerencia 34 47 60

Transacciones cuenta depósito Banco de la República 35 48 61

Débitos efectuados sobre saldos positivos de tarjetas de crédito 36 49 62

Disposición de recursos y débitos contables por operaciones cambiarias 37 50 63 Pagos a terceros y/o a proveedores a través de comisionistas de bolsa,

ige administradores de valores, fiduciarias y otras 38 51 64 Otras transacciones financieras 39 52 65

Total operaciones (Sumatoria de cada columna 28 a 39 y 41 a 52) 40 53

Liquidación privada Por reintegro de valores retenidos en exceso Total Impuesto a Cargo (Sumatoria casilla 54 a 65) 66

67

Por reintegro de valores retenidos en exceso 68

Por devolución de operaciones exentas años 2006 y siguientes 69

nc Total impuesto descontable (Sume 67 a 69) 70

Por pagos en exceso del período anterior 71

Por saldo a favor del período fiscal anterior 72

Saldo a pagar por impuesto (66 - 70 - 71 - 72, si el resultado es negativo escriba 0) 73

Sanciones 74

Total saldo a pagar (66 - 70 - 71 - 72 + 74 , si el resultado es negativo escriba 0) 75

o Total saldo a favor para imputar al período siguiente (70 + 71 + 72 - 66 - 74, si el resultado es negativo escriba 0) 76

Valor pago sanción 77

Pagos Valor pago intereses de mora 78 Valor pago impuesto 79 80. Número de identificación tributaria (NIT) 81. DV. Apellidos y nombres del representante legal

82. Primer apellido 83. Segundo Apellido 84. Primer nombre 85. Otros nombres

86. No. Identificación Contador o Revisor Fiscal 87. DV. Apellidos y nombres del contador o revisor fiscal

88. Primer apellido 89. Segundo Apellido 90. Primer nombre 91. Otros nombres 981. Cód. Representación 997. Espacio exclusivo para el sello

No de la entidad recaudadora 980. Pago Total Firma representante legal (Fecha efectiva de la transacción)

NO 996. Espacio para adhesivo de la entidad recaudadora (Numero del adhesivo)

DILIGENCIABLE 982. Código contador o Revisor Fiscal Firma Contador o Revisor Fiscal 994. Con salvedades

Coloque el timbre de la máquina registradora al dorso de este formulario 983. No. Tarjeta profesional INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE LA DECLARACIÓN SEMANAL GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS Estas instrucciones son una orientación general para el diligenciamiento del formulario y no eximen de la obligación 54. Retiros o traslados de cuentas corrientes: Escriba el resultado de aplicar al valor de la casilla 28, el de aplicar,en cada caso particular, las normas legales que regulan el “Gravamen a los Movimientos Financieros”. porcentaje de la tarifa vigente. - Si se trata de una corrección, deberá diligenciar todas las casillas de un nuevo formulario, reemplazando 55. Retiros o traslados de cuentas de ahorro: Escriba el resultado de aplicar al valor de la casilla 29, el totalmente al anterior, salvo la sección pagos, donde se registra únicamente los valores que va a cancelar con porcentaje de la tarifa vigente. la declaración de corrección. 56. Traslados o cesión a título de recursos o derechos de fondos de inversión colectiva: Escriba el - Todas las casillas con valores deben ser diligenciadas y aproximadas al múltiplo de mil (1.000) más cercano, si resultado de aplicar al valor de la casilla 30, el porcentaje de la tarifa vigente. no hay cantidad que registrar, escriba cero (0). No utilice signos negativos ni encierre las cifras en paréntesis. 57. Disposición de recursos a través de contratos o convenios de recaudo o similares: Escriba el resultado 1. Año: Corresponde al año en el cual se genera la obligación a declarar. Está conformado por cuatro dígitos. de aplicar al valor de la casilla 31, el porcentaje de la tarifa vigente. 3. Período: Utilice un formulario por cada período, registre el código de la semana a la cual corresponde la 58. Débitos a cuentas contables diferentes a las corrientes, ahorros o de depósito: Escriba el resultado de declaración. Las semanas están codificadas de la 01 a la 52 o 53 en caso de que el año cuente con este aplicar al valor de la casilla 32, el porcentaje de la tarifa vigente. número de semanas. 59. Abonos a cuentas por cancelación de depósitos a término: Escriba el resultado de aplicar al valor de la 4. Número de formulario: Espacio para el número asignado por la DIAN a cada uno de los formularios. No lo casilla 33, el porcentaje de la tarifa vigente. diligencia el declarante. 60. Cheques de gerencia: Escriba el resultado de aplicar al valor de la casilla 34, el porcentaje de la tarifa 5. Número de Identificación Tributaria (NIT): Escriba el número asignado al contribuyente por la DIAN, sin vigente. dígito de verificación, tal como aparece en la casilla 5 del Registro Único Tributario (RUT) actualizado. En 61. Transacciones cuenta depósito Banco de la República: Escriba el resultado de aplicar al valor de la casilla ningún caso escriba puntos, guiones o letras. 35, el porcentaje de la tarifa vigente. 6. DV.: Escriba el número que en su NIT se llama “Dígito de Verificación” (DV), tal como aparece en la casilla 6 62. Débitos efectuados sobre saldos positivos de tarjetas de crédito: Escriba el resultado de aplicar al valor del (RUT) actualizado. de la casilla 36, el porcentaje de la tarifa vigente. 11. Razón social: Escriba la razón social como aparece en la casilla 35 del RUT; si no coincide, actualice el RUT 63. Disposición de recursos y débitos contables por operaciones cambiarias: Escriba el resultado de aplicar previo a su presentación. al valor de la casilla 37, el porcentaje de la tarifa vigente. 12. Cód. Dirección Seccional: Registre el código que corresponda al domicilio principal de su actividad o 64. Pagos a terceros y/o a proveedores a través de comisionistas de bolsa, administradores de valores, negocio, según lo informado en la casilla 12 del “RUT”. Verifique que el dato corresponda al RUT actualizado, fiduciarias y otras: Escriba el resultado de aplicar al valor de la casilla 38, el porcentaje de la tarifa vigente. si no coincide actualice el RUT previo a su presentación. 65. Otras transacciones financieras: Escriba el resultado de aplicar al valor de la casilla 39, el porcentaje de la 24. Desde: Año, mes, día: Escriba en el mismo orden la fecha de inicio de la semana que está declarando, de tarifa vigente. acuerdo con el Decreto de plazos. Si se trata de una corrección, acuda a las fechas de inicio de semana del 66. Total impuesto a cargo: Registre en esta casilla la sumatoria de las casillas 54 a 65 de la columna año y período gravable que está corrigiendo. “Impuesto”. 25. Hasta: Año, mes, día: Escriba en el mismo orden la fecha de finalización de la semana que está declarando, 67. Por operaciones anuladas, resueltas o rescindidas: Lleve a esta casilla el valor del impuesto del de acuerdo con el Decreto de plazos. Si se trata de una corrección, acuda a las fechas de finalización de la semana del año y período gravable que está corrigiendo. gravamen a los movimientos financieros correspondiente a las operaciones anuladas, rescindidas o resueltas 26. Tipo de declaración: Seleccione el tipo de declaración según corresponda: Oportuna, corrección o en el periodo, que hayan sido sometidas a retención. extemporánea. Las correcciones de las declaraciones de años anteriores se deben diligenciar en el formato 68. Por reintegro de valores retenidos en exceso: Lleve a esta casilla el valor del impuesto que haya devuelto que se encuentra vigente y presentarse en las entidades financieras autorizadas para recaudar. durante el periodo, por pagos en exceso o de lo no debido, realizados y declarados así: Si es anterior a la 27. No. Formulario Anterior: Si va a corregir una declaración, escriba los trece dígitos que figuran en la casilla vigencia de la Ley 791 de 2002, el término para solicitar la devolución es de diez (10) años; O si es posterior 4 del formulario objeto de corrección. Si la corrección es posterior a un acto administrativo, escriba todos los a esta Ley el término con que cuenta para solicitar la devolución es de cinco (5) años. números del acto administrativo. 69. Por devolución de operaciones exentas años 2006 y siguientes: Lleve a esta casilla el valor del impuesto 28. Retiros o traslados de cuentas corrientes: Lleve a esta casilla el valor total de la disposición de recursos de por devoluciones que haya efectuado a sus clientes por concepto de operaciones o transacciones exentas del las cuentas corrientes, que sean gravadas, correspondientes a retiros bien sean en efectivo, en cheque, con impuesto, realizadas y declaradas durante los años 2006 y siguientes, previo el cumplimiento de los requisitos talonario, con tarjeta débito, a través de cajero electrónico, puntos de pago, notas débito o mediante cualquier legales. otra modalidad que implique la disposición de recursos, no incluya en esta casilla los valores de las cuentas 70. Total impuesto descontable: Registre en esta casilla la sumatoria de las casillas 67 a 69. de que trata la casilla 36. 71. Por pagos en exceso del período anterior: Lleve a esta casilla únicamente el valor que haya pagado en 29. Retiros o traslados de cuentas de ahorro: Lleve a esta casilla el valor total de la disposición de recursos de exceso durante el periodo inmediatamente anterior. las cuentas de ahorro, de entidades vigiladas por las Superintendencias Financiera o de economía Solidaria, 72. Por saldo a favor del período fiscal anterior: Lleve a esta casilla el valor de la casilla 76 “o Total saldo a que sean gravadas, correspondientes a retiros, bien sean en efectivo, con talonario, con tarjeta débito a través favor para imputar al período siguiente” de la declaración presentada en el período inmediatamente anterior. de cajero electrónico o puntos de pago, notas débito o mediante cualquier otra modalidad que implique la 73. Saldo a pagar por impuesto: Si el resultado de la siguiente operación es mayor que cero (0), escríbalo disposición de recursos; no incluya en esta casilla los valores de las cuentas de que trata la casilla 36. en esta casilla, de lo contrario escriba cero (0). A la casilla 66 (Total Impuesto a cargo) reste el valor de las 30. Traslados o cesión a título de recursos o derechos de fondos de inversión colectiva: Incluya en casillas: 70 (Total impuesto descontable), 71 (Por pagos en exceso del período anterior) y 72 (Por saldo a esta casilla el valor de los traslados o cesiones gravados, efectuados a cualquier título sobre los recursos favor del período fiscal anterior). o derechos de fondos de inversión colectiva, realizados entre diferentes copropietarios, así como el retiro 74. Sanciones: Lleve a esta casilla el valor total de las sanciones que se generen por la presentación de esta de estos derechos por parte del beneficiario o fideicomitente, cuando dichos traslados o retiros no estén declaración, como: Extemporaneidad en la presentación y/o por la corrección de la misma. La sanción mínima vinculados directamente al movimiento de una cuenta corriente, de ahorros o de depósito. Recuerde que en no puede ser inferior a diez (10) UVT. este evento el agente retenedor es el Administrador del Fondo. 75. Total saldo a pagar: Si el resultado de la siguiente operación es mayor que cero (0), escríbalo en esta casilla, 31. Disposición de recursos a través de contratos o convenios de recaudo o similares: Lleve a esta casilla de lo contrario escriba cero (0). A la casilla 66 (Total Impuesto a cargo) reste el valor de las casillas: 70 (Total el valor de la disposición de recursos o traslados a cuentas de ahorros, corriente o de depósito abierta en impuesto descontable), 71 (Por pagos en exceso del período anterior) y 72 (Por saldo a favor del período la entidad financiera, como resultado de la suscripción de un contrato o convenio de recaudo de cartera. fiscal anterior), y súmele el valor de la casilla 74 (Sanciones). Igualmente, la disposición de recursos o traslados que hagan las entidades cooperativas en desarrollo de 76. o Total saldo a favor para imputar al período siguiente: Si el resultado de la siguiente operación es mayor contratos o convenios de recaudo. que cero (0), escríbalo en esta casilla, de lo contrario escriba cero (0). Sume las casillas 70 (Total impuesto 32. Débitos a cuentas contables diferentes a las corrientes, ahorros o de depósito: Lleve a esta casilla la descontable), 71 (Por pagos en exceso del período anterior), 72 (Por saldo a favor del período fiscal anterior) totalidad de los débitos que se efectúen a cuentas contables y de otro género diferentes a las corrientes, de y réstele el valor de las casillas 66 (Total Impuesto a cargo) y 74 (sanciones). ahorros o de depósito, para la realización de cualquier pago o transferencia a un tercero. También, lleve el valor de los movimientos contables que las entidades financieras realicen para abonar los intereses a cuentas SECCIÓN PAGOS de ahorro y en la cancelación en efectivo de los depósitos a término. Nota: Si la declaración es presentada dentro del término legal el valor a cancelar corresponderá solamente al 33. Abonos a cuentas por cancelación de depósitos a término: Incluya en esta casilla las operaciones impuesto. Si presenta la declaración y efectúa el pago en forma extemporánea, registre en esta sección los mediante las cuales los establecimientos de crédito y/o entidades vigiladas por la Superintendencia de valores a pagar correspondientes a sanciones, intereses de mora e impuestos a que haya lugar. En este caso Economía Solidaria, cancelan el importe de los depósitos a término mediante abono en cuenta, ya sea en tenga presente que los pagos que por cualquier concepto hagan los contribuyentes responsables o agentes cuenta corriente, de ahorros o de depósito. de retención en relación con las deudas vencidas a su cargo deberán imputarse al periodo e impuesto que 34. Cheques de gerencia: Incluya en esta casilla el valor total de los cheques de gerencia que sean girados por se indiquen, en las mismas proporciones con que participan las sanciones actualizadas, intereses, anticipos, la entidad financiera durante el periodo por concepto de operaciones gravadas. impuestos y retenciones dentro de la obligación total al momento del pago, como lo establece el art. 6o. de la Ley 35. Transacciones cuenta depósito Banco de la República: Casilla para ser diligenciada por el Banco de la 1066 de 2006. Si usted imputa el pago en forma diferente, la DIAN dará cumplimiento a lo señalado en dicha Ley. República y las entidades con estabilidad tributaria. En ella se debe llevar la disposición de recursos de la 77. Valor pago sanción: Escriba en esta casilla el valor a pagar por sanciones si hay lugar a ello. cuenta de depósito por operaciones gravadas, de conformidad con los conceptos establecidos en la circular 78. Valor pago intereses de mora: Escriba en esta casilla el valor a pagar por concepto de intereses. La tasa de reglamentaria externa DCO-250 de enero 22 de 2004 del Banco de la República o de la que la sustituya o modifique. interés moratorio se calculará dentro del contexto del interés compuesto, utilizando como referencia la Tasa 36. Débitos efectuados sobre saldos positivos de tarjetas de crédito: Registre en esta casilla el valor de los de Usura, la cual es certificada como una Tasa Efectiva Anual (E.A.), por lo que se hace necesario utilizar la débitos efectuados durante el período sobre los depósitos acreditados como “Saldos positivos de las tarjetas fórmula que de acuerdo con la técnica financiera permite obtener el resultado esperado. La tasa de usura de crédito”. a que hace referencia la ley, es aquella máxima permitida por la ley y certificada en forma trimestral por la 37. Disposición de recursos y débitos contables por operaciones cambiarias: Lleve a esta casilla el valor Superintendencia Financiera de Colombia. de las operaciones cambiarias cuando se haya efectuado el pago en efectivo, en cheque al que no se le haya 79. Valor pago impuesto: Registre en esta casilla el valor del impuesto a pagar. puesto la restricción de “para consignar en cuenta corriente o de ahorros del primer beneficiario” o cuando el Signatarios beneficiario de la operación cambiaria disponga de los recursos mediante mecanismos tales como débito a 80. Número de Identificación Tributaria (NIT): Si usted firma como representante de persona jurídica cuenta corriente, de ahorro o contable, e igualmente registre en esta casilla el valor de los recursos y débito declarante, debe estar registrado en el RUT. Escriba el Número de Identificación Tributaria que le asignó la contables, generados por el pago de los giros provenientes del exterior. DIAN para este efecto, sin dígito de verificación, casilla 5 del RUT personal. En ningún caso escriba puntos, 38. Pagos a terceros y/o a proveedores a través de comisionistas de bolsa, administradores de valores, guiones o letras. fiduciarias y otras: Registre en esta casilla el valor de los desembolsos de créditos, operaciones de 81. DV: Escriba el número que en su NIT se llama “Dígito de Verificación” (DV), tal como aparece en la casilla 6 reporto, simultáneas y transferencia temporal de valores operaciones de derivados, divisas realizadas por del (RUT) actualizado.. las entidades autorizadas, la bolsa de valores y la de productos agropecuarios en las cuales la utilización del Apellidos y nombres de quien firma como representante del declarante. importe de las inversiones o recursos administrados a cualquier título se destine a realizar desembolsos o 82. Primer apellido: Escriba el primer apellido, tal como figura en el documento de identificación, el cual debe pagos a terceros, mandatarios o diputados para el cobro y/o pago a cualquier título por cuenta de los clientes coincidir con el registrado en su RUT personal, casilla 31 de la hoja principal; si no coincide actualice el RUT, de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de Economía Solidaria según el caso, por antes de presentar la declaración. conceptos tales como nómina, servicios, proveedores, adquisición de bienes o cualquier cumplimiento de 83. Segundo apellido: Escriba el segundo apellido, tal como figura en el documento de identificación, el cual obligaciones. debe coincidir con el registrado en el RUT personal, casilla 32 de la hoja principal; si no coincide actualice el 39. Otras transacciones financieras: Lleve a esta casilla la disposición de recursos por otras transacciones RUT, antes de presentar la declaración. financieras gravadas que realice el responsable, diferentes a las registradas en las casillas anteriores. 84. Primer nombre: Escriba el primer nombre, tal como figura en el documento de identificación, el cual debe 40. Total operaciones: Registre en esta casilla la suma de las casillas 28 a 39 de la columna: “Gravado” (Bases coincidir con el registrado en el RUT personal, casilla 33 de la hoja principal; si no coincide actualice el RUT, de liquidación del gravamen). antes de presentar la declaración. 41. Retiros o traslados de cuentas corrientes: Lleve a esta casilla el valor de las operaciones exentas del 85. Otros nombres: Escriba el segundo u otros nombres, tal como figura en el documento de identificación, el gravamen por concepto de la disposición de recursos de las cuentas corrientes que se encuentran marcadas, cual debe coincidir con el registrado en el RUT personal, casilla 34 de la hoja principal, si no coincide actualice igualmente los traslados entre cuentas corrientes abiertas en el mismo establecimiento y del mismo y único el RUT, antes de presentar la declaración. titular. No lleve a esta casilla los valores exentos relacionados con las cuentas de que trata la casilla 36. 86. Número NIT Contador o Revisor Fiscal: Si usted firma como Contador o Revisor Fiscal debe estar 42. Retiros o traslados de cuentas de ahorro: Lleve a esta casilla el valor de las operaciones exentas registrado en el RUT, escriba el Número de Identificación Tributaria que le asignó la DIAN para este efecto, por concepto de la disposición de recursos de las cuentas de ahorro, de entidades vigiladas por las sin dígito de verificación, casilla 5 de la hoja principal. En ningún caso escriba puntos, guiones o letras. Superintendencias Financiera o de Economía Solidaria, que se encuentran marcadas. Tenga en cuenta que 87. DV: Escriba el número que en su NIT se llama “Dígito de Verificación” (DV), tal como aparece en la casilla 6 para efectos de la exención del numeral 1o. del artículo 879 del E.T., (Modificado por la Ley 1111 del 27 de del RUT actualizado. diciembre de 2006, la misma no puede superar (350, UVT) mensuales. Igualmente los traslados entre cuentas 88. Primer apellido: De quien actúa como contador o revisor fiscal, escriba el primer apellido, tal como figura en de ahorro abiertas en el mismo establecimiento y del mismo y único titular, así como los retiros efectuados de el documento de identificación, el cual debe coincidir con el registrado en su RUT personal, casilla 31 de la cuentas de ahorro especial que los pensionados abran para depositar el valor de sus mesadas pensionales y hoja principal; si no coincide actualice el RUT, antes de presentar la declaración. hasta el monto de las mismas cuando estas sean equivalentes a (41 UVT) mensuales. 89. Segundo apellido: Escriba el segundo apellido, tal como figura en el documento de identificación, el cual No lleve a esta casilla los valores exentos relacionados con las cuentas de que trata la casilla 36. debe coincidir con el registrado en el RUT personal, casilla 32 de la hoja principal; si no coincide actualice el 43. Traslados o cesión a título de recursos o derechos de fondos de inversión colectiva: Lleve a esta casilla RUT, antes de presentar la declaración. el valor de los traslados o cesiones entre la cuenta individual del suscriptor a la cuenta de ahorro colectivo o 90. Primer nombre: Escriba el primer nombre, tal como figura en el documento de identificación, el cual debe viceversa, siempre que las mismas se encuentren abiertas en un mismo establecimiento de crédito. coincidir con el registrado en el RUT personal, casilla 33 de la hoja principal; si no coincide actualice el RUT, 44. Disposición de recursos a través de contratos o convenios de recaudo o similares: Escriba cero (0) en antes de presentar la declaración. esta casilla. 45. Débitos a cuentas contables diferentes a las corrientes, ahorros o de depósito: Escriba cero (0) en esta 91. Otros nombres: Escriba el segundo u otros nombres, tal como figura en el documento de identificación, el casilla. cual debe coincidir con el registrado en el RUT personal, casilla 34 de la hoja principal, si no coincide actualice 46. Abonos a cuentas por cancelación de depósitos a término: Escriba cero (0) en esta casilla. el RUT, antes de presentar la declaración. 47. Cheques de gerencia: Lleve a esta casilla el valor de los cheques de gerencia cuando se expidan con cargo Firma representante legal y Contador o Revisor Fiscal: a los recursos de la cuenta corriente o de ahorros del ordenante, siempre y cuando que las mencionadas Espacio destinado para la firma del representante legal y Contador o Revisor Fiscal. cuentas sean de la misma entidad que expida el cheque de gerencia. 980. Pago total (Sume casillas 77 a 79): Registre en esta casilla el valor del pago total que efectúe con la 48. Transacciones cuenta depósito Banco de la República: Casilla para ser diligenciada por el Banco de la presente declaración. Para el efecto sume los valores registrados en las casillas 77 (Valor pago sanción), 78 República y las entidades con estabilidad tributaria. En ella se debe registrar la disposición de recursos de la (Valor pago intereses de mora) y 79 (Valor pago impuesto). De acuerdo con el parágrafo del artículo 877 del cuenta de depósito por operaciones exentas del gravamen, de conformidad con los conceptos establecidos Estatuto Tributario, se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en en la circular reglamentaria externa DCO-250 de enero 22 de 2004 del Banco de la República o de la que la forma simultánea a su presentación. sustituya o modifique. 981. Código Representación: Escriba en esta casilla el código que corresponda al tipo de representación de 49. Débitos efectuados sobre saldos positivos de tarjetas de crédito: Escriba cero (0) en esta casilla. quien firma como representante del declarante, de acuerdo con la casilla 98 del Registro Único Tributario del 50. Disposición de recursos y débitos contables por operaciones cambiarias: Registre en esta casilla el declarante. valor de los recursos y débitos contables, generados por operaciones cambiarias como el pago de los giros 982. Código contador o revisor fiscal: Diligencie en esta casilla el código asignado al contador o revisor fiscal, provenientes del exterior, hasta las primeras (60, UVT) mensuales. según corresponda así: 1. Contador 2. Revisor Fiscal 51. Pagos a terceros y/o a proveedores a través de comisionistas de bolsa, administradores de valores, 983. Número Tarjeta Profesional: Registre aquí el número de tarjeta profesional asignado al contador o revisor fiduciarias y otras: Escriba cero (0) en esta casilla. fiscal por la autoridad competente. 52. Otras transacciones financieras: Lleve en esta casilla aquellas operaciones exentas del GMF que no se 994. Con salvedades: Marque con una equis (x) si usted contador o revisor fiscal, firma la declaración con encuentran clasificadas en las casillas anteriores, de lo contrario escriba cero (0) en esta casilla. salvedades. 53. Total operaciones: Registre en esta casilla la suma de las casillas 41 a 52 de la columna “Exento” (Bases de 996. Espacio para el adhesivo de la entidad recaudadora (Número del adhesivo): Espacio resecado para liquidación de gravamen). uso exclusivo de la entidad recaudadora. Tarifa a aplicar: 997. Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora: Espacio reservado para uso exclusivo de la La tarifa del gravamen a los movimientos financieros será del cuatro por mil (4 x 1000). (Artículo 872 del E.T.) entidad recaudadora.