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Resolución 000227 de 2025
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Formulario

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7 Formulario_220_2025 · 4 páginas · 47.453 caracteres

Certificado de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones Año gravable Antes de diligenciar este formulario lea cuidadosamente las instrucciones 4. Número de formulario 220 5. Número de Identificación Tributaria (NIT) 6. DV. 7. Primer apellido 8. Segundo apellido 9. Primer nombre 10. Otros nombres

Empleado Retenedor 11. Razón social 24. Tipo de 25. Número de Identificación 26. Primer apellido 27. Segundo apellido 28. Primer nombre 29. Otros nombres documento

Período de la certificación 32. Fecha de expedición 33. Lugar donde se practicó la retención 34. Cód. 35. Cód. Ciudad/ Dpto. Municipio 30. DE: AAAA MM DD 31. A: AAAA MM DD AAAA MM DD Concepto de los Ingresos Valor

Pagos por salarios 36 Pagos realizados con bonos electrónicos o de papel de servicio, cheques, tarjetas, vales, etc. 37 Valor del exceso de los pagos por alimentación mayores a 41 UVT, art. 387-1 E.T. 38 Pagos por honorarios 39 Pagos por servicios 40 Pagos por comisiones 41 Pagos por prestaciones sociales 42 Pagos por viáticos 43 Pagos por gastos de representación 44 Pagos por compensaciones por el trabajo asociado cooperativo 45 Otros pagos 46 Auxilio de cesantía e intereses efectivamente pagados al empleado 47 Auxilio de cesantía reconocido a trabajadores del régimen tradicional del CST, contenido en el Capítulo VII, Título VIII Parte Primera 48 Auxilio de cesantía consignado al fondo de cesantias 49 Pensiones de jubilación, vejez o invalidez 50 Apoyos económicos educativos financiados con recursos públicos, no reembolsables o condonados 51 Total de ingresos brutos (Sume 36 a 51) 52 Concepto de los aportes Valor

Aportes obligatorios por salud a cargo del trabajador 53 Aportes obligatorios a fondos de pensiones y solidaridad pensional a cargo del trabajador 54 Cotizaciones voluntarias al régimen de ahorro individual con solidaridad - RAIS 55 Aportes voluntarios a fondos de pensiones 56 Aportes a cuentas AFC 57 Aportes a cuentas AVC 58 Ingreso laboral promedio de los últimos seis meses anteriores (numeral 4 art. 206 E.T.) 59 Valor de la retención en la fuente por ingresos laborales y de pensiones 60 Nombre del pagador o agente retenedor Datos a cargo del trabajador o pensionado Concepto de otros ingresos Valor recibido Valor retenido Arrendamientos 61 68 Honorarios, comisiones y servicios 62 69 Intereses y rendimientos financieros 63 70 Enajenación de activos fijos 64 71 Loterías, rifas, apuestas y similares 65 72 Otros 66 73 Totales: (Valor recibido: Sume 61 a 66), (Valor retenido: Sume 68 a 73) 67 74 Total retenciones año gravable (Sume 60 + 74) 75 Item 76. Identificación de los bienes poseídos 77. Valor patrimonial 1 2 3 Deudas vigentes a 31 de diciembre 78 Identificación del dependiente económico de acuerdo al parágrafo 2 del artículo 387 del Estatuto Tributario 79. Tipo documento 80. No. Documento 81. Apellidos y Nombres 82. Parentesco

Certifico que durante el año gravable: Firma del Trabajador o Pensionado 1. Mi patrimonio bruto no excedió de 4.500 UVT. 2. Mis ingresos brutos fueron inferiores a 1.400 UVT. 3. No fui responsable del impuesto sobre las ventas a 31 de diciembre del año gravable. 4. Mis consumos mediante tarjeta de crédito no excedieron la suma de 1.400 UVT. 5. Que el total de mis compras y consumos no superó la suma de 1.400 UVT. 6. Que el valor total de mis consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no excedió los 1.400 UVT. Por lo tanto, manifiesto que no estoy obligado a presentar declaración de renta y complementario por el año gravable. Nota: este certificado sustituye para todos los efectos legales la declaración de Renta y Complementario para el trabajador o pensionado que cumpla con lo estabecido en el artículo 1.6.1.13.2.7. del Decreto 1625 de 2016 Único reglamentario en materia tributaria. Para aquellos trabajadores independientes contribuyentes del impuesto unificado deberán presentar la declaración anual consolidada del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE). INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES POR RENTAS DE TRABAJO Y DE PENSIONES

Importante: estas instrucciones son una orientación general para el diligenciamiento 32. Fecha de expedición: escriba en su orden año, mes, día de la fecha de expedición del formulario y no eximen de la obligación de aplicar, en cada caso particular, las del certificado. normas legales que regulan el tema de retenciones en la fuente por pagos por Rentas de Trabajo y de Pensiones. 33. Lugar donde se practicó la retención: escriba el lugar (Ciudad/municipio) donde efectuó la retención. Recuerde que los datos relacionados con la identificación, del agente retenedor, deben corresponder a los informados en el Registro Único Tributario – RUT. Cualquier 34. Cód. Dpto.: escriba el código correspondiente al departamento del lugar donde se modificación a los mismos, debe ser actualizada previamente en dicho registro. efectuó la retención, para el efecto, utilice las tablas de “Código de departamentos” generadas por el DANE. Para efecto de diligenciar los totales dentro de cada una de las secciones del formulario, los números indicados se refieren al número de casilla. 35. Cód. Ciudad/Municipio.: escriba el código correspondiente a la ciudad/municipio del lugar donde se efectuó la retención. Para el efecto, utilice las tablas de “Código Los valores diligenciados en las casillas del presente certificado que deba informar de municipio” generadas por el DANE. el agente retenedor y el trabajador o pensionado deben ser expresados en pesos colombianos y aproximados al múltiplo de mil (1.000) más cercano. En el evento en Concepto de los ingresos que no haya valor a registrar en alguna casilla escriba cero (0). 36. Pagos por salarios: escriba el valor total de los pagos por salarios efectivamente Información del agente retenedor realizados durante el período a toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria. 4. Número de formulario: diligencie en esta casilla el número asignado por la persona natural o jurídica que expide la certificación. Según el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo (en adelante CST), constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo 5. Número de Identificación Tributaria (NIT): escriba el Número de Identificación que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del Tributaria asignado al agente retenedor por la DIAN, sin el dígito de verificación, servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, tal como aparece en la casilla 5 de la hoja principal del Registro Único Tributario sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las (RUT) actualizado. En ningún caso escriba puntos, guiones o letras. horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones. 6. DV.: escriba el número que en su NIT se encuentra separado, llamado “Dígito de Verificación” (DV), tal como aparece en la casilla 6 de la hoja principal del RUT En esta casilla no incluya los valores correspondientes a los conceptos actualizado. comprendidos en las casillas 38 a 46.

7. Primer apellido: si el agente retenedor es persona natural escriba el primer 37. Pagos realizados con bonos electrónicos o de papel de servicio, cheques, apellido, tal como figura en el documento de identificación, el cual debe coincidir tarjetas, vales, etc.: escriba el valor total de los pagos realizados con bonos con el registrado en la casilla 31 de la hoja principal del RUT actualizado, si no electrónicos o de papel de servicio, cheques, tarjetas, vales, etc., para ser coincide, actualice el RUT antes de expedir el certificado. utilizados en compra de gasolina, útiles escolares, compra de calzado y prendas de vestir y para ser utilizados en fines diferentes de los anteriores. Estos pagos son deducibles para el empleador y constituyen ingresos para el trabajador. 8. Segundo apellido: si el agente retenedor es persona natural escriba el segundo apellido, tal como figura en el documento de identificación, el cual debe coincidir Nota 1: incluya en esta casilla los pagos por alimentación del trabajador o de su con el registrado en la casilla 32 de la hoja principal del RUT actualizado, si no familia que devengue un salario mensual superior a 310 UVT. coincide, actualice el RUT antes de expedir el certificado. Nota 2: no incluya en esta casilla los pagos por concepto de alimentación del 9. Primer nombre: si el agente retenedor es persona natural escriba el primer trabajador o de su familia, cuyo salario mensual no exceda de 310 UVT, los nombre, tal como figura en el documento de identificación, el cual debe coincidir cuales deberán ser registrados en la casilla 38 (Valor del exceso de los pagos por con el registrado en la casilla 33 de la hoja principal del RUT actualizado, si no alimentación mayores a 41 UVT, art. 387-1 E.T.). coincide, actualice el RUT antes de expedir el certificado. Nota 3: no incluya en esta casilla los ingresos que fueron reportados en la casilla 10. Otros nombres: si el agente retenedor es persona natural escriba el segundo 36 (Pagos por salarios). nombre (u otros nombres), tal como figura en el documento de identificación, los cuales deben coincidir con los registrados en la casilla 34 de la hoja principal del 38. Valor del exceso de los pagos por alimentación mayores a 41 UVT, art. 387- RUT actualizado, si no coinciden actualice el RUT, antes de expedir el certificado. 1 E.T.: cuando se trate de pagos que efectúen los patronos a favor de terceras personas, por concepto de la alimentación del trabajador o su familia, o por 11. Razón social: si el agente retenedor es persona jurídica o sociedad de hecho, concepto del suministro de alimentación para éstos en restaurantes propios o de escriba la razón social completa, la cual debe coincidir con la registrada en la terceros, al igual que los pagos por concepto de la compra de vales o tiquetes casilla 35 de la hoja principal del RUT actualizado, si no coincide, actualice el RUT para la adquisición de alimentos del trabajador o su familia, son deducibles para antes de expedir el certificado. Cuando quien emita el certificado sea una persona el empleador y no constituyen ingreso para el trabajador, sino para el tercero natural, no debe diligenciar esta casilla. que suministra los alimentos o presta el servicio de restaurante, sometido a la retención en la fuente que le corresponda en cabeza de estos últimos, siempre Datos del trabajador o pensionado que el salario del trabajador beneficiado no exceda de 310 UVT. Lo anterior sin menoscabo de lo dispuesto en materia salarial por el CST. 24. Tipo de documento: escriba en esta casilla el código que corresponda según el tipo de documento de identificación del trabajador o pensionado, a saber: Cuando los pagos en el mes en beneficio del trabajador o de su familia, de que trata el inciso anterior excedan la suma de 41 UVT, el exceso constituye ingreso 12. Tarjeta de identidad 22. Cédula de extranjería tributario del trabajador, sometido a retención en la fuente por ingresos laborales. 13. Cédula de ciudadanía 31. NIT Lo dispuesto en este inciso no aplica para los gastos de representación de las 21. Tarjeta de extranjería 41. Pasaporte empresas, los cuales son deducibles para estas.

25. Número de identificación: escriba el número de identificación del trabajador o Nota: no incluya en esta casilla ingresos que fueron reportados en la casilla 36 pensionado tal como figura en el documento de identidad. (Pagos por salarios).

Apellidos y nombres 39. Pagos por honorarios: escriba en esta casilla el valor total de los pagos por honorarios realizados a personas naturales que presten servicios, en el cual 26. Primer apellido: escriba el primer apellido, tal como figura en el documento de predomine el factor intelectual sobre el técnico, material, manual o mecánico; por identificación. lo general, este tipo de servicios es prestado por personas con un título profesional, o con una gran experiencia y habilidad en un área específica del conocimiento. 27. Segundo apellido: escriba el segundo apellido, tal como figura en el documento También incluya en esta casilla el valor de los pagos o abonos en cuenta por de identificación. concepto de emolumentos eclesiásticos, ya sean en dinero o en especie que se realicen en forma directa o indirecta con el propósito de compensar o retribuir el 28. Primer nombre: escriba el primer nombre, tal como figura en el documento de servicio personal del ministro del culto, sin distinción de la forma en que este se identificación. denomine y de la orientación o credo religioso que profese.

29. Otros nombres: escriba el segundo nombre (u otros nombres), tal como figura en 40. Pagos por servicios: escriba en esta casilla el valor de los pagos o abonos el documento de identificación. en cuenta realizados por concepto de servicios. Se entiende por servicios toda actividad, labor o trabajo prestado por una persona jurídica o natural sin relación 30. Período de la certificación, DE: escriba en su orden el año, mes, día, en que de dependencia laboral con quien contrata la ejecución y que se concreta en una inicia el período certificado. obligación de hacer en la cual no predomina el factor intelectual, en la que lo técnico y lo manual prima sobre el intelecto, es decir, donde no hace falta una gran 31. Período de la certificación, A: escriba en su orden el año, mes, día, en que destreza mental e intelectual para prestarlo y se genera una contraprestación en termina el período que se certifica. dinero o especie. 1 41. Pagos por comisiones: escriba en esta casilla el valor de los pagos o abonos en 54. Aportes obligatorios a fondos de pensiones y solidaridad pensional a cargo cuenta realizados por concepto de comisiones. Se entiende por comisiones las del trabajador: escriba el valor que efectivamente haya sido deducido del ingreso retribuciones de las actividades que impliquen ejecución de actos, operaciones, laboral del trabajador por concepto de aportes obligatorios de pensiones y fondo gestiones, encargos, mandatos, negocios, ventas, etc., a nombre propio, pero de solidaridad pensional. por cuenta ajena, tengan o no el carácter de actos comerciales, ejecutados por personas jurídicas o naturales. 55. Cotizaciones voluntarias al régimen de ahorro individual con solidaridad - RAIS: incluya el valor que efectivamente haya sido deducido del ingreso 42. Pagos por prestaciones sociales: escriba en esta casilla el valor de los pagos o laboral por concepto de aportes voluntarios al Régimen de Ahorro Individual con abonos en cuenta realizados por concepto de prestaciones sociales, diferentes a Solidaridad al Sistema General de Pensiones – RAIS., de que trata el artículo 55 las correspondientes a cesantías e intereses de cesantías efectivamente pagadas del Estatuto Tributario y el artículo 1.2.1.12.9. del Decreto 1625 de 2016 Único al empleado o abonadas en el fondo de cesantías y que deben ser registradas Reglamentario en Materia Tributaria. en las casillas 47 y 48 respectivamente. Las prestaciones sociales son beneficios legales adicionales al salario ordinario que el empleador paga a sus trabajadores 56. Aportes voluntarios a fondos de pensiones: escriba el valor que efectivamente vinculados mediante contrato de trabajo por sus servicios prestados. Estos dineros haya sido deducido del ingreso laboral a nombre del trabajador, por concepto de se deben reconocer al trabajador para atender necesidades o cubrir riesgos aportes voluntarios a fondos de pensiones voluntarias, de que trata el artículo 126- originados durante el desarrollo de su actividad laboral, dentro de las prestaciones 1 del Estatuto Tributario y el artículo 1.2.1.22.41. del Decreto 1625 de 2016 Único sociales se encuentran los siguientes conceptos que han sido expresamente Reglamentario en Materia Tributaria. considerados por la ley laboral: la prima de servicios, el auxilio de cesantía e intereses sobre cesantías efectivamente pagadas al empleado (a incluir en la 57. Aportes a cuentas AFC: escriba el valor que efectivamente haya sido deducido casilla 47), Auxilio de cesantía consignado al fondo de cesantías (a incluir en la del ingreso laboral a nombre del trabajador a entidades, como ahorro programado casilla 48) las vacaciones y las dotaciones, entre otros. para adquisición de vivienda a cuentas Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC). 43. Pagos por viáticos: escriba el valor total de los pagos por viáticos realizados durante el período a los trabajadores para cubrir los gastos en que estos 58. Aportes a cuentas AVC: escriba el valor que efectivamente haya sido deducido incurren en cumplimiento de sus funciones fuera de la sede habitual de trabajo: del ingreso laboral a nombre del trabajador al Fondo Nacional del Ahorro (FNA), reconociendo principalmente, gastos de transporte, de manutención y alojamiento como ahorro programado para adquisición de vivienda y/o educación a cuentas de del trabajador. (Concepto 23959 del Ministerio del Trabajo del 13 de febrero de Ahorro Voluntario Contractual (AVC). 2013).

44. Pagos por gastos de representación: escriba el valor total de los pagos 59. Ingreso laboral promedio de los últimos seis meses anteriores (numeral 4 efectuados en el período al trabajador a título de gastos de representación. art. 206 E.T.): para diligenciar esta casilla se deben tener en cuenta las siguientes situaciones: (i) en caso de retiro del trabajador o retiro de las cesantías, esta última 45. Pagos por compensaciones por el trabajo asociado cooperativo: escriba el cuando a ello hubiere lugar, (ii) cuando la relación laboral o legal y reglamentaria valor total de los pagos efectuados en el período por compensación realizada no ha finalizado, (iii) el caso de los trabajadores que no se hayan acogido a lo por el trabajo asociado cooperativo. Son compensaciones por el trabajo asociado dispuesto en la Ley 50 de 1990. cooperativo, los dineros que percibe un trabajador asociado a una cooperativa de trabajo asociado, siempre que el respectivo régimen de compensaciones y de En el primer evento, esto es, el retiro del trabajador, dicho término corresponderá trabajo esté debidamente registrado en el Ministerio del Trabajo, y que además se a los últimos seis meses de vinculación laboral. Este criterio también aplica para realicen los respectivos aportes a seguridad social. el caso del retiro de cesantías (cuando a ello hubiere lugar), donde se contarán los seis meses antes de la fecha en que esto tuvo lugar y también para aquellas 46. Otros pagos: escriba el valor de los demás pagos efectivamente realizados en cesantías poseídas por los trabajadores a 31 de diciembre del 2016 en los el período por conceptos diferentes a los registrados en las casillas anteriores, respectivos fondos de cesantías o aquellas adeudadas por el patrono. siempre y cuando se hayan originado en la relación laboral o legal y reglamentaria o de cualquier otra naturaleza que constituyan renta de trabajo o de pensiones, En el caso de que la relación laboral o legal y reglamentaria no haya finalizado, incluyendo la compensación por servicios personales. este término tomará en consideración los seis meses del año inmediatamente anterior del momento en que las cesantías se consignan o se consolidan y quedan 47. Auxilio de cesantía o intereses efectivamente pagados al empleado: escriba disponibles en las cuentas individuales; esto último para el caso de los servidores en esta casilla el valor que el empleador efectivamente haya pagado en el año públicos cuyo régimen corresponde al de cesantías anualizadas. Este criterio gravable al trabajador por concepto de cesantías e intereses a las cesantías. tiene como fundamento lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 27 del Estatuto Tributario y el artículo 1.2.1.20.7 del Decreto 1625 de 2016. Nota: cuando los trabajadores se encuentren en el régimen tradicional del Código Sustantivo del Trabajo - CST no habrá lugar a reportar el auxilio de cesantía en El último caso corresponde al de los trabajadores que no se acogieron a lo esta casilla. dispuesto en la Ley 50 de 1990, caso en el cual para contar el término de seis meses se tomará el momento del reconocimiento por parte del empleador, con 48. Auxilio de cesantía reconocido a trabajadores del régimen tradicional base en lo dispuesto en el inciso segundo del numeral tercero del artículo 27 del del CST, contenido en el Capítulo VII, Título VIII Parte Primera: escriba en Estatuto Tributario. esta casilla el valor el auxilio de cesantía reconocido en el periodo de aquellos trabajadores del régimen tradicional del Código Sustantivo del Trabajo -CST, 60. Valor de la retención en la fuente por ingresos laborales y de pensiones: contenido en el Capítulo VII, Título VIII Parte Primera. Lo anterior de conformidad escriba en esta casilla el total de las retenciones en la fuente a título del impuesto con el artículo 1.2.1.20.7. del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en sobre la renta practicadas al trabajador o pensionado en el período. Materia Tributaria. Nombre del pagador o agente retenedor: persona que certifica que los datos 49. Auxilio de cesantía consignado al fondo de cesantías: : incluya el valor de las consignados son verdaderos, que no existe ningún otro pago o compensación a cesantías que el empleador haya abonado y consolidado a nombre del trabajador favor del trabajador o pensionado por el periodo a que se refiere el certificado y en el fondo de cesantías en el año gravable. que los pagos y retenciones enunciados se han realizado de conformidad con las normas pertinentes. 50. Pensiones de jubilación, vejez o invalidez: escriba el valor de los pagos efectuados al pensionado durante el período por concepto de pensiones de Datos a cargo del trabajador o pensionado. jubilación, vejez o invalidez.

51. Apoyos económicos educativos financiados con recursos públicos, no Importante: esta sección solo debe ser diligenciada por aquel trabajador o pensionado reembolsables o condonados: incluya el valor de los apoyos económicos que no esté obligado a declarar impuesto sobre la renta y complementario, para no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con quienes el presente certificado reemplazará su declaración por dicho concepto. (Ver recursos públicos, para financiar programas educativos. requisitos al final del instructivo).

Los créditos que son otorgados por una entidad del Estado o financiados con Concepto de otros ingresos recursos públicos y que son condonados posteriormente por el cumplimiento de determinadas condiciones, se convierten en apoyos económicos no reembolsables Nota: en esta sección la columna correspondiente a “Valor recibido” (casillas 61 a 66) o condonados para el beneficiario, y por ende, podrán ser tratados como ingresos debe diligenciarse simultáneamente con la de “Valor retenido” (casillas 68 a 73), no constitutivos de renta en el periodo gravable en el cual se haga efectiva la según las indicaciones dadas para cada casilla. condonación. 61. y 68. Arrendamientos: escriba en la casilla 61 el valor que efectivamente haya 52. Total ingresos brutos: escriba el resultado de sumar los valores de las casillas 36 recibido durante el año gravable por concepto de arrendamientos de bienes a 51. muebles o inmuebles. Si le fue practicada retención en la fuente por este concepto, debe registrar este valor en la casilla 68. Concepto de los aportes 62. y 69. Honorarios, comisiones y servicios: escriba en la casilla 62 el valor 53. Aportes obligatorios por salud a cargo del trabajador: escriba el valor que efectivamente recibido durante el año gravable por honorarios, comisiones o efectivamente haya sido deducido del ingreso laboral del trabajador por concepto servicios, sin incluir el valor de la retención en la fuente que por estos conceptos de aportes obligatorios de salud. le fue practicada, la cual deberá registrar en la casilla 69.

2 63. y 70. Intereses y rendimientos financieros: escriba en la casilla 63 el valor Firma del trabajador o pensionado: espacio destinado para la firma del trabajador certificado por las entidades financieras por concepto de intereses y demás o pensionado en constancia de la veracidad de los datos a su cargo certificados. rendimientos financieros recibidos durante el período. No incluya el valor de las Recuerde que el “Certificado de Ingresos y Retenciones” diligenciado por el empleador retenciones en la fuente practicadas por este concepto, el cual deberá registrar y por el trabajador o pensionado no obligado a declarar, sustituye para todos los efectos en la casilla 70. legales la declaración de renta y complementario de este.

64. y 71. Enajenación de activos fijos: escriba en la casilla 64 el valor recibido en el No están obligadas a presentar declaración de renta y complementario, las personas período por la venta de bienes que no hagan parte de aquellos que habitualmente naturales que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos: usted comercializa, tales como casas, apartamentos, vehículos, fincas, muebles y enseres, etc., los cuales se denominan activos fijos. Si le practicaron retención en 1. Mi patrimonio bruto no excedió de 4.500 UVT. la fuente por estas ventas, no incluya en esta casilla el valor de las mismas, el cual deberá registrar en la casilla 71. 2. Mis ingresos brutos fueron inferiores a 1.400 UVT.

65. y 72. Loterías, rifas, apuestas y similares: escriba en la casilla 65 el total de los 3. No fui responsable del impuesto sobre las ventas a 31 de diciembre del año gravable. premios recibidos por concepto de loterías, rifas, apuestas y similares que usted se haya ganado en el año. No incluya el valor de la retención en la fuente, la cual 4. Mis consumos mediante tarjeta de crédito no excedieron la suma de 1.400 UVT. debe registrar en la casilla 72. 5. Que el total de mis compras y consumos no superó la suma de 1.400 UVT. 66. y 73. Otros: escriba en la casilla 66 el valor de los ingresos brutos recibidos durante el periodo informado por conceptos diferentes a los enunciados anteriormente. 6. Que el valor total de mis consignaciones bancarias, depósitos o inversiones No incluya el valor de las retenciones en la fuente que le practicaron por estos financieras no excedió los 1.400 UVT. conceptos, las que deben ser registradas en la casilla 73. Notas: 67. y 74. Totales: escriba en la casilla 67 la suma de los valores recibidos registrados en las casillas 61 a 66, y en la casilla 74, la suma de los valores retenidos registrados a) Dentro de los ingresos que sirven de base para efectuar el cómputo no deben en las casillas 68 a 73. incluirse los correspondientes a la enajenación de activos fijos ni los provenientes de loterías, rifas, apuestas o similares. (Parágrafo 2 del artículo. 593 del Estatuto 75. Total retenciones año gravable: escriba el valor que obtenga de sumar las Tributario). casillas 60 y 74. b) Las declaraciones tributarias presentadas por los no obligados a declarar producirán 76. y 77. Identificación de los bienes y derechos poseídos y Valor patrimonial: efecto legal. (artículo 6 del Estatuto Tributario. Declaración voluntaria del impuesto escriba en los ítems 1 a 8 de la casilla 76, los bienes y derechos apreciables en sobre la renta). dinero poseídos a 31 de diciembre del año gravable y en la casilla 77 el valor patrimonial de estos bienes, incluyendo los bienes poseídos en el exterior. Para c) El trabajador deberá conservar en su poder los certificados de retención en la el efecto se citan como ejemplos: el efectivo, los depósitos bancarios a cualquier fuente expedidos por los agentes retenedores y exhibirlos cuando la Dirección de título, acciones y aportes sociales, inversiones, créditos a favor, derechos Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN así lo requiera. fiduciarios, activos fijos (muebles, inmuebles, vehículos, etc.). El impuesto de renta y complementario a cargo de los trabajadores o pensionados no 78. Deudas vigentes a 31 de diciembre: escriba en esta casilla el valor total de obligados a presentar declaración de renta y complementario, es equivalente al total las deudas en moneda nacional o extranjera a cargo del contribuyente a 31 de de las retenciones en la fuente practicadas a los pagos o abonos en cuenta realizados diciembre del año gravable. durante el año gravable por todo concepto, las cuales constan en la casilla 75 “Total retenciones del año gravable” del presente certificado. Identificación del dependiente económico de acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 387 del Estatuto Tributario Los trabajadores o pensionados pueden presentar declaración de renta con el propósito de solicitar el saldo a favor por los valores retenidos. Estas casillas deberán ser diligenciadas con la información correspondiente al dependiente económico para efectos de disminuir la base mensual de retención en la Trabajadores o pensionados obligados a declarar fuente a título de renta. Cuando la situación particular no se ajuste a uno de los requisitos anotados para los 79. Tipo de documento: escriba en esta casilla el tipo de documento por medio del trabajadores o pensionados no obligados a declarar, deberá presentar la declaración cual se identifica a la persona que legalmente depende económicamente del de renta y complementario. Por lo tanto, no tendrá que diligenciar la sección inferior del trabajador durante el año gravable. certificado denominada “Datos a cargo del trabajador o pensionado”.

80. No. Documento: escriba el número del documento que corresponde al tipo de EN CUALQUIERA DE LAS DOS SITUACIONES, CONSERVE ESTE CERTIFICADO documento registrado en la casilla 79. COMO SUSTITUTO O SOPORTE DE SU DECLARACION DE RENTA. LA DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES PODRÁ EXIGIRLO. 81. Apellidos y nombres: escriba en esta casilla los apellidos y nombres de una de las personas que legalmente dependió económicamente del trabajador durante el año gravable.

82. Parentesco: escriba en esta casilla la clase de parentesco de la persona dependiente del trabajador, relacionada en la casilla 81.

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